miércoles, 6 de agosto de 2025

AGRESIÓN A LUIS VENTURA

 AGRESIÓN A LUIS VENTURA: EL MINISTERIO DE SEGUIRDAD APLICÓ LA RESTRICCIÓN DE CONCURRENCIA A DOS BARRAS POR TIEMPO INDETERMINADO 


El Ministerio de Seguridad Nacional resolvió aplicar la medida de “restricción de concurrencia administrativa” a todo evento deportivo en el territorio nacional a Mauricio Manuel Bogado y Sebastián Mauricio Bogado, por su participación directa en los hechos de violencia ocurridos el pasado 27 de julio en el estadio del Club Central Ballester, en la localidad de José León Suárez, provincia de Buenos Aires, donde fue agredido el periodista y entrenador de Victoriano Arenas, Luis Ventura.


La decisión, formalizada mediante la Resolución 943, se tomó en el marco del Programa Tribuna Segura y rige por tiempo indeterminado. Ambos individuos fueron identificados como parte del grupo que irrumpió en el campo de juego tras el final del encuentro entre Central Ballester y Victoriano Arenas, correspondiente al torneo de Primera C, organizado por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).


Según consta en los registros fílmicos y fotográficos analizados, y en denuncias recibidas por la línea 134, los sancionados protagonizaron agresiones contra jugadores del equipo visitante. Uno de los hechos más graves fue el ataque al director técnico de Victoriano Arenas, Luis Ventura, quien fue golpeado desde atrás en la zona de la cabeza mientras se dirigía a los vestuarios. El impacto le provocó la caída inmediata y la pérdida de conocimiento, motivando la intervención de personal médico en el lugar.


La Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos del Ministerio realizó la denuncia penal correspondiente por intimidación pública y lesiones agravadas, y continúa recabando información para identificar a otros partícipes del hecho. La medida busca neutralizar la presencia de personas violentas en los estadios, impedir su reincidencia y resguardar la integridad de los protagonistas del deporte.


La aplicación de este tipo de sanciones se encuentra prevista en la Ley 20.655 y su decreto reglamentario 246/17, que otorgan al Ministerio de Seguridad la facultad de dictar restricciones de concurrencia ante situaciones que representen un riesgo para la seguridad pública.


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